Una sentencia impide una macro-urbanización en un monte protegido en Maello

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La proyectada macro-urbanización “El Monte de Puenteviejoen el municipio abulense de Maello, próxima a la carretera Nacional VI, se mantendrá como suelo rústico por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 19 de noviembre de 2018, que convalida la decisión de la Junta de Castilla y León, solicitada por Ecologistas en Acción y otras organizaciones ambientales, como también de la concejala Carmen Ferreño Coello (IU-LV).

Según Ecologistas en Acción, en Maello (598 habitantes en 2018) desde los años setenta ha venido funcionando «un negocio basado en la venta de naturaleza protegida, con la construcción de gigantescas urbanizaciones, como por ejemplo el Pinar de Puenteviejo y la Fontanilla.»

En 2007 la empresa Nueva Puenteviejo S.L. pidió al Ayuntamiento de Maello la modificación puntual de sus Normas Subsidiarias con el fin de poder construir una urbanización de casi 900 viviendas. La modificación conllevaba la recalificación de más de 580.000 metros cuadrado de suelo protegido puesto que los terrenos -un monte de encinas, robles y matorral de alto valor ambiental- donde se proyectaba la urbanización están dentro de las zonas ZEPA y LIC ‘Valles del Voltoya y Zorita’ y en areas de recuperación de la Cigüeña Negra y el Águila Imperial Ibérica.

A pesar de ello, el Pleno del Ayuntamiento de Maello aprobó inicialmente en 2008 la modificación puntual de sus Normas Subsidiarias, con el voto en contra de la concejala de IU-LV Carmen Ferreño Coello.

El Procurador del Común propuso en 2009 al Ayuntamiento la reclasificación de los terrenos como suelo protegido por su alto valor ambiental, que aquél rechazó. Ecologistas en Acción y otras organizaciones ambientales se opusieron a la aprobación de la urbanización.

En 2011 el Plan urbanístico del Monte de Puenteviejoobtuvo de la Junta de Castilla y León una Declaración de impacto ambiental (D.I.A) favorable para la construcción de 830 viviendas, a pesar de las alegaciones en contra de los grupos ecologistas. La declaración fue firmada por la Consejera María Jesús Ruiz, promotora de la Ciudad del Medio Ambiente en Soria (otra obra en terrenos protegidos, donde Castilla y León invirtió 52 millones de euros de dinero público antes de que el Tribunal Constitucional anulara la ley que amparaba su construcción.)

Sin embargo, en 2014 hubo una nueva Ley de Urbanismo en Castilla y León, que obligaba a clasificar como suelo rústico aquellos suelos urbanizables antiguos, como el de El Monte de Puenteviejo, que no hubieran aprobado su plan parcial antes del 19 de octubre de 2016.

Para evitar esta caducidad de los planes, el Ayuntamiento de Maello promovió un pleno extraordinario el 6 de octubre de 2016, urgido por la promotora. La modificación de las normas -único punto en el orden del día-  fue aprobada con los votos del PP y C´, y el voto en contra, una vez más, de la concejala de IU Carmen Ferreño. Para su aprobación definitiva el plan fue enviado a la Junta de Castilla, quien lo recibió el día 11.

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Ávila de la Junta de Castilla y León convocó una reunión para el día 18 de octubre, un día antes de la caducidad de los planes, con la intención de aprobarlo. El informe técnico de Fomento del día 14 de octubre, emitido por el Arquitecto Jefe de la Sección de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Ávila era favorable, pero en la reunión del día 18, a petición del Vocal de la Unión Sindical de CCOO,  el Presidente de la Comisión retiró el asunto del orden del día, por lo que no se pudo aprobar el plan urbanístico. El motivo fue que el Arquitecto Jefe de Urbanismo de Ávila había sido el redactor del Plan urbanístico hasta casi el final de su tramitación, y había informado sus propios documentos.

El día 28 de abril de 2017, la Comisión Territorial, a la vista del informe desfavorable de la Dirección General de Urbanismo, denegó la aprobación del plan urbanístico del Monte de Puenteviejo al haber pasado los terrenos a suelo rústico por disposición legal el 19 de octubre de 2016 y también por los múltiples defectos de la documentación aportada.

La empresa promotora interpuso entonces en julio de 2017 un Recurso Contencioso Administrativo en contra de la decisión adoptada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo.

Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia, declarando que el acuerdo que deniega la aprobación de la urbanización es válido, por lo que el suelo ha quedado clasificado como suelo rústico y aparece acreditado su alto valor ambiental.

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