La Junta declara nulas las autorizaciones de la planta de reciclaje de Mingorría

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Como pudimos leer en varios medios locales la semana pasada, la Junta de Castilla y León ha suspendido la instalación de una planta de reciclaje de escombros en Mingorría. A pesar de que estaría situada a en un espacio natural protegido, y a sólo 500 metros del casco urbano -con los consiguientes problemas de ruido y contaminación para los vecinos- la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila había autorizado este «uso excepcional en suelo rústico protegido». También el Ayuntamiento de Mingorría había dado el visto bueno al proyecto.

Desde la Plataforma vecinal se había enviado 300 alegaciones contra la instalación de la planta, y Ecologistas en Acción había presentado un recurso de alzada.

Sin valorar los otros argumentos, ahora la Junta ha declarado nulas las autorizaciones por no haber sido publicada el expediente en la página web del Ayuntamiento.

Y es que tanto la legislación de CyL como la estatal obliga a publicar los documentos en la web para que cualquier persona los pueda consultar sin tener que identificarse ni pagar nada.

Si para un asunto es obligario el trámite de «información pública», ya no basta que esté el expediente a disposición de las personas interesadas en las oficinas del ayuntamiento.

De hecho, según la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (Ley 19/2013) hay muchos datos que también deberían estar en las páginas web de los ayuntamientos, igual que de otras administraciones: por supuesto  las ordenanzas locales, e información sobre los presupuestos («con descripción de las principales partidas e información actualizada y comprensible sobre su estado de  ejecución«), sobre los contratos firmados, los convenios suscritos, las subvenciones recibidas y concedidas, las retribuciones de los altos cargos y máximos responsables, etc.

En resumen, se debe publicar de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de las actuaciones públicas. Además, esta información debe ser comprensible, de acceso fácil y gratuito.

Considerando cómo actúan gran parte de las administraciones y órganos de gobierno, sorprenden muchos artículos de esta ley.  Creo que hay varias leyes que han sido de obligada «transposición» de Directivas Europeas, sobre todo relativas al medio ambiente y a transparencia, a las no se suelen dar mucha publicidad…

Los Ayuntamientos tenían un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta ley del año 2013.

Pero ya estamos terminando 2018, y todavía hay un cumplimento muy desigual en cuanto a lo que establece la Ley. He mirado las páginas webs de los ayuntamientos de mi zona (valle del Alberche), y los hay bastante ejemplares (aunque con alguna laguna) como la página de Burgohondo, y también están las que sobre todo son páginas de información turística y con «Portales de Transparencia» casi vacios,  que llevan varios años»en construcción», como la de Navaluenga. En este pueblo – que es donde resido- no podemos ni leer las ordenanzas locales, ni las actas de los plenos, y aún menos las de las juntas de gobierno.

Por ser tan ignoradas las leyes sobre tranparencia, ha sido  importante la decisión de la Junta de declarar nulas las autorizaciones de la escombrera de Mingorría.

Lo que no me queda claro todavía es si la empresa puede volver a solicitar la autorización de instalar la planta de reciclaje en el mismo sitio

Hay un video en youtube sobre la lucha de la Plataforma vecinal:

Lena Pettersson

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